Asamblea: Es el órgano máximo de administración, la constituye la reunión de asociados y en ella realiza control social, señalan y evalúan las políticas y directrices generales y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, estas pueden ser ordinarias o extraordinarias. Ordinaria: Debe realizarse cada año durante los tres primeros meses para el fiel y cabal cumplimiento de sus funciones regulares. Extraordinaria: La que se realiza en cualquier época del año con el fin de tratar asuntos imprevistos o de urgencia que no pueden postergarse hasta la siguiente Asamblea General Ordinaria.
Consejo de Administración: Es el órgano permanente de administración de la Cooperativa subordinados a las directrices de la Asamblea General, determina la reglamentación de servicios y expide proyectos y normas convenientes para la dirección y organización de la estructura administrativa de la entidad, buscando el progreso y cabal cumplimiento de los objetivos de la Cooperativa.
Junta de Vigilancia: Organismo de control social, vigila el correcto funcionamiento y eficiente administración de la Cooperativa, verificando que se respeten los derechos de los asociados y que ellos cumplan con sus deberes y responsabilidades.
Gerente: Es el Representante Legal de la cooperativa, ejecuta las decisiones de la Asamblea y del Consejo de Administración.
Revisor Fiscal: Ejerce la vigilancia, revisión y control contable sobre los negocios y servicios que se lleven a cabo por la entidad.
Comités Especiales: A juicio del consejo podrán existir varios comités dentro de la cooperativa: educación, crédito, solidaridad, riesgos, evaluación de cartera, promoción social, entre otros según las necesidades.
Colaboradores: Los cargos son creados por el Consejo de Administración. Son los encargados de la operatividad de los procesos de la entidad.